La Enfermería es una misión práctica, pero una misión práctica a la que se dedican personas con un conocimiento especializado de enfermería teórica con capacidades desarrolladas para aplicar este conocimiento a situaciones concretas de la práctica enfermera”(Orem, 2001)
Dentro de las prioridades estratégicas del consejo internacional de enfermeras (CIE), se encuentra la inmunización, la cual ha demostrado su eficacia en el control y eliminación de enfermedades infecciosas en todo el mundo, evita miles de muertes al año y se ha considerado como una de las inversiones más exitosas y rentables, y ha contribuido para que haya una cobertura sanitaria en salud universal (CSU)1.
El acto de vacunar, entendido como la inoculación de cualquier preparación destinada a generar inmunidad contra una enfermedad específica, estimulando la producción de anticuerpos, a partir de una suspensión de microorganismos muertos o atenuados, o de productos o derivados de microorganismos2, es una tarea que, en su mayoría, es realizada por enfermería, bien sea a nivel técnico o profesional. El profesional de enfermería en Colombia, amparado por la Ley 911 de 2004, la cual en su artículo 6º, indica que: “El profesional de enfermería deberá́ informar y solicitar el consentimiento a la persona, a la familia, o a los grupos comunitarios, previa realización de las intervenciones de cuidado de enfermería, con el objeto de que conozcan su conveniencia y posibles efectos no deseados, a fin de que puedan manifestar su aceptación o su oposición a ellas”3 y de esta manera respetar su libertad para el uso del derecho a salud a partir de estar informado.
En la actualidad el mundo vive la pandemia de COVID-19, la cual ha cobrado muchas vidas; desde su aparición, se viene trabajando en la creación y producción de vacunas a tal punto que a la fecha se encuentran 7 vacunas en el mercado y más de 200 vacunas en desarrollo4, lo que favorece la provisión de las dosis suficientes para toda la población mundial y así garantizar la disminución de brotes epidémicos a través de la inmunidad de rebaño.
En congruencia con lo anterior, en Colombia, el Decreto número 109 de enero 30 de 2021, adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, y establece la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna, las responsabilidades de cada actor; aplica a todos los habitantes del territorio nacional y está orientado por los principios de solidaridad, eficiencia, beneficencia, prevalencia de interés general, equidad, justicia distributiva, transparencia, progresividad, enfoque diferencial, acceso y accesibilidad e igualdad5.
Los profesionales de enfermería involucrados en los procesos del plan de vacunación organizados y coordinados por los diferentes entes autorizados para ello, como lo son las entidades responsables del aseguramiento en salud, las Entidades Promotoras de Salud, las Entidades Promotoras de Salud Indígena, los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud y del Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad,5 tienen la responsabilidad de adherirse a las indicaciones del código deontológico de enfermería, a los protocolos estipulados por los entes responsables del proceso y de ser necesario, deben dar a conocer a su superior inmediato o a quien corresponda, cuando las condiciones para el ejercicio de la vacunación no sean las apropiadas, para de esa forma garantizar la calidad del cuidado como se indica en el artículo 20 del Plan Nacional de Vacunación: “Garantizar la contratación del talento humano para la gestión y operación del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, que incluye manejo de insumos, red de frío , sistema de información y acompañamiento técnico5. De igual forma: “Verificar las condiciones de habilitación de servicio de vacunación en las modalidades intramural y extramural, de acuerdo a la normatividad vigente, y la expansión del mismo. Verificar la suficiencia y capacidad de respuesta de la red prestadora de servicios de salud, para el desarrollo de la estrategia de vacunación contra el COVIO-19, respecto al talento humano exclusivo para la vacunación, así como también de la adaptación y expansión del servicio de vacunación”. 5
- PRIORIDADES ESTRATÉGICAS DEL CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERAS (CIE), https://www.icn.ch/es/politica-de-enfermeria/prioridades-estrategicas-del-cie. Consultado febrero 2021.
- https://www.who.int/es/news-room/q-a-detail/vaccines-and-immunization-what-isaccination?adgroupsurvey=%7Badgroupsurvey%7D&gclid=Cj0KCQiAnKeCBhDPARIsAFDTLTLzlbiFvP55QoY8HRnYosMM7h-IAhcdobr60mqj3L6KmSpliFxQlvQaAjfDEALw_wcB
- LEY 911 DE 2004 (octubre 5). Diario Oficial No. 45.693 de 6 de octubre de 2004 Por la cual se dictan disposiciones en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión de Enfermeria en Colombia; se establece el régimen disciplinario correspondiente y se dictan otras disposiciones.
- Vacunas contra la Covid 19.
- https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/covid-19-vaccines
- REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL. DECRETO NÚMERO109 DE 2021 (Por el cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID – 19 Y se dictan otras disposiciones).